miércoles, 22 de diciembre de 2010

La sucesión de los Títulos nobiliarios (II): La distribución

La distribución es otra forma de sucesión en los títulos nobiliarios.

No es más que la facultad de los poseedores de varios Títulos para distribuirlos entre sus hijos, con la condición de reservar el principal para el inmediato sucesor. Esta facultad queda subordinada a las limitaciones y reglas establecidas en las condiciones respecto al orden de suceder.


Las condiciones para poder realizar una distribución, como muy bien explica don José Luis Muñoz, Técnico Superior del Archivo General del Ministerio de Justicia, en su blog Títulos Nobiliarios, son las siguientes:

- Poseer dos o más Grandezas de España o Títulos del Reino.

- Tener más de un hijo o descendiente directo.

- Reservar el Título principal para el inmediato sucesor.

- La distribución se realizará entre hijos o descendientes directos (nunca a colaterales).

- Subordinación de la facultad de distribuir a las limitaciones y reglas establecidas expresamente en las concesiones respecto al orden de suceder (es decir, no se puede excluir al varón para darle el Título a la hembra, ni saltarse un hijo y dárselo al siguiente).


Dos Títulos en los que se ha sucedido mediante esta técnica son el condado de Ezpeleta de Veyre (G. de E.), que fue distribuido por don Carlos Sánchez-Navarro Villar-Villamil para su hija doña Roberta Sánchez-Navarro Quintana; y el marquesado de Montehermoso que lo distribuyó también don Carlos Sánchez-Navarro Villar-Villamil para su otra hija doña María de la Luz Sánchez-Navarro Quintana.