Dejamos por un momento al margen las entradas relativas a los escudos del Vallès Oriental para explicar un concepto importante en la heráldica cívica catalana.
Seguramente habrán visto que algunos escudos de poblaciones que han ido apareciendo a lo largo de la corta existencia de este pequeño espacio heráldico, cargan las armas de la ciudad de Barcelona además de las propias. Esto se debe al derecho de "carreratge".
Seguramente habrán visto que algunos escudos de poblaciones que han ido apareciendo a lo largo de la corta existencia de este pequeño espacio heráldico, cargan las armas de la ciudad de Barcelona además de las propias. Esto se debe al derecho de "carreratge".
El "carreratge" fue un derecho vigente durante los siglos XIV y XV en Cataluña mediante el cual un pueblo, villa o ciudad sujeta a baronía o jurisdicción feudal, pasaba a formar parte o a depender de una población real.
Se decía que las estas poblaciones se incorporaban como “carrer i braç” (calle y brazo), es decir, como calle y cuerpo de la ciudad de la que pasaban a formar parte.
De esta manera, los habitantes de la villa que pasaba a ser "Carrer de Barcelona", gozaban de los mismos privilegios, libertades, inmunidades etc. que los habitantes de la ciudad condal. En definitiva, adquiría la vecindad.
La villa interesada en recibir el título de "Carrer de Barcelona", lo primero que tenía que hacer era redimirse de la baronía, por lo que debía librarse de su señor. Normalmente indemnizándolo. Posteriormente debía pactar con la ciudad condal el precio a pagar por pasar a formar parte de ella, así como las obligaciones que ello conllevaría, como por ejemplo, la de formar parte de la defensa de la ciudad.
Otras veces era el propio soberano quien otorgaba el título de "Carrer de Barcelona" a aquellas poblaciones que se hacían merecedoras de ello.
A lo largo de la historia muchos pueblos o villas de Cataluña pasaron a convertirse en "Carrer i Braç de Barcelona": La Garriga, Igualada, Moià, Santpedor, Tona, Granollers, Castellar del Vallès y muchas otras.
Aquellos pueblos que ostentaban este título podían cargar en sus escudos las armas de la ciudad condal, como el de Caldes de Montbui que aparece en la entrada de ayer.
Se decía que las estas poblaciones se incorporaban como “carrer i braç” (calle y brazo), es decir, como calle y cuerpo de la ciudad de la que pasaban a formar parte.
De esta manera, los habitantes de la villa que pasaba a ser "Carrer de Barcelona", gozaban de los mismos privilegios, libertades, inmunidades etc. que los habitantes de la ciudad condal. En definitiva, adquiría la vecindad.
La villa interesada en recibir el título de "Carrer de Barcelona", lo primero que tenía que hacer era redimirse de la baronía, por lo que debía librarse de su señor. Normalmente indemnizándolo. Posteriormente debía pactar con la ciudad condal el precio a pagar por pasar a formar parte de ella, así como las obligaciones que ello conllevaría, como por ejemplo, la de formar parte de la defensa de la ciudad.
Otras veces era el propio soberano quien otorgaba el título de "Carrer de Barcelona" a aquellas poblaciones que se hacían merecedoras de ello.
A lo largo de la historia muchos pueblos o villas de Cataluña pasaron a convertirse en "Carrer i Braç de Barcelona": La Garriga, Igualada, Moià, Santpedor, Tona, Granollers, Castellar del Vallès y muchas otras.
Aquellos pueblos que ostentaban este título podían cargar en sus escudos las armas de la ciudad condal, como el de Caldes de Montbui que aparece en la entrada de ayer.